Relajación de sanciones OFAC a Venezuela:
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La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de los Estados Unidos de América continúa flexibilizando las sanciones contra el sector de petróleo y gas con más licencias generales y orientaciones
Esta semana, la relajación por parte de Estados Unidos de las sanciones contra el sector de petróleo y gas de Venezuela ha entrado en una nueva fase con la publicación de una licencia general que autoriza un amplio conjunto de actividades en los segmentos de exploración, desarrollo y producción upstream (exploración y producción).
La Oficina de Control de Activos Extranjeros (“OFAC”) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos ha estado activa en relación con Venezuela en las últimas semanas. Anteriormente, se publicaron licencias generales que autorizan operaciones de comercio de petróleo y actividades downstream (sectores de refinación y comercialización) y otras relativas a la exportación de diluyentes. Este análisis se centra en los últimos desarrollos, que incluyen:
Nueva GL 48 (actividades upstream), emitida el 10 de febrero.
Modificaciones a GL 46A (actividades downstream) y GL 30B (exportación de diluyentes), también emitidas el 10 de febrero.
Publicación de preguntas frecuentes sobre la licencia GL 46 (ahora GL 46A), emitidas el 6 de febrero.
GL 48 — Exploración, desarrollo y producción (actividades upstream)
La GL 48 autoriza de manera amplia transacciones que de otro modo estarían prohibidas por el Venezuela Sanctions Regulations, 31 C.F.R. Part 591, incluyendo aquellas:
-que involucren al Gobierno de Venezuela (“GOV”), a Petróleos de Venezuela, S.A. (“PdVSA”), o a cualquier entidad en la que PdVSA tenga, directa o indirectamente, una participación igual o mayor al 50 %;
-que sean ordinaria y funcionalmente necesarias para la provisión desde los Estados Unidos o por una persona estadounidense de bienes, tecnología, software o servicios;
-destinados a exploración, desarrollo o producción de petróleo o gas en Venezuela.
Requisitos y restricciones de GL 48
Como ocurre con casi todas las licencias generales, GL 48 incluye varias limitaciones:
Contratos que involucren al GOV, PdVSA o entidades relacionadas deben estipular que se rigen por el derecho de los Estados Unidos y que cualquier controversia se resuelva en foros jurisdiccionales estadounidenses.
Los pagos al GOV, PDVSA o entidades relacionadas deben realizarse en cuentas del Foreign Government Deposit Funds u otras que instruya el Departamento del Tesoro.
No se autoriza la formación de joint ventures u otras entidades nuevas en Venezuela para explorar o producir petróleo o gas; OFAC puede preferir mantener visibilidad y control de estas actividades mediante la tramitación de licencias específicas.
La licencia impone obligaciones de reporte: quienes exporten, reexporten, vendan o suministren bienes, tecnología, software o servicios bajo GL 48 deben proporcionar informes detallados al Departamento del Tesoro y al Departamento de Estado estadounidense.
Las empresas que necesiten enviar equipos a Venezuela para transacciones autorizadas por GL 48 deben verificar el cumplimiento de las regulaciones de control de exportaciones aplicables, ya que algunos bienes pueden requerir licencias adicionales del Bureau of Industry and Security del Departamento de Comercio de EE. UU.
GL 30B — Operaciones portuarias y aeropuertos (modificada)
La GL 30B, que reemplaza y supera a la anterior GL 30A (que autorizaba transacciones vinculadas a operaciones de puertos y aeropuertos), elimina la prohibición relativa al envío de diluyentes a Venezuela, alineándose con la GL 47 ya emitida.
GL 46A — Petróleo de origen venezolano (actividades downstream)
La GL 46A (que reemplaza y aclara la GL 46 anterior) autoriza actividades relacionadas con petróleo venezolano de origen nacional, tales como:
-levantamiento de crudo,
-exportación y reexportación,
-venta, reventa, suministro, almacenamiento,
comercialización,
-compra, entrega o transporte del crudo – incluso cuando dichas operaciones involucren transacciones con el GOV o con PdVSA.
Preguntas frecuentes relevantes
La OFAC ha publicado diez preguntas frecuentes que ofrecen orientación interpretativa para GL 46A. A continuación, algunos puntos clave:
1. El término “petróleo de origen venezolano” incluye crudo o productos petrolíferos extraídos, refinados o exportados desde Venezuela, independientemente de la nacionalidad de la empresa, pero no incluye gas natural, gas natural licuado ni otros combustibles no petrolíferos.
2. GL 46A no autoriza actividades de exploración ni negociaciones para nuevos proyectos (esa potestad ahora se encuentra en GL 48).
3. Entidades que no sean “establecidas en EE. UU.” pueden participar en transacciones autorizadas por GL 46A siempre que esas actividades sean ordinaria y funcionalmente incidentales a las de una entidad establecida que sí tenga autorización.
4. La exigencia de que los contratos se rijan por el derecho de EE. UU. y se sometan a jurisdicción estadounidense no se aplica a partes indirectas involucradas en servicios complementarios, como transporte, seguros u otros servicios logísticos.
Perspectivas futuras
A medida que la política estadounidense respecto de Venezuela continúa evolucionando, es posible que OFAC publique nuevas licencias generales o mayor orientación pública. Esto puede abarcar actividades adicionales o mayor claridad sobre la participación de actores no estadounidenses.
Las licencias GL 48 y GL 46A reflejan un equilibrio delicado: autorizan entradas clave al sector petrolero venezolano —permitiendo participación comercial y operativa— mientras que mantienen controles estrictos y un marco de supervisión regulatoria que sigue siendo exigente desde la perspectiva de cumplimiento.
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Interesante, gracias por compartir. La LG 30B incidirá en el incremento de mayores ofertas de fletes internacionalesy en una posible disminución del precio en los fletes internacionales ?
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